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Colores de Autor

Cambio de casa

ColorIURIS.net se ha trasladado dentro del mismo Data Center ; a pesar de lo cual no conservamos las antiguas IP´s.

Nos han asegurado que en un plazo no inferior a dos días y no superior a una semana se restablecerá el servicio para todos los usuarios y los DNS´s apuntarán de nuevo a http://www.coloriuris.net

Rogamos disculpen los inconvenientes que pueda causarles ... pero, en pleno siglo XXI un simple cambio de armario (motivado por razones de seguridad jurídica) implica estas servidumbres.

 

Contrato Coloriuris

ColorIURIS en los kioscos

La buena nueva es que Juan Palacio ha publicado su libro Mirando Alrededor.

“Mirando alrededor habla de productividad, formación, gestión de personas y proyectos, CMMI, PMI, Scrum, desarrollo ágil, comportamiento organizacional, etc. y cuenta lo que ningún libro, consultor o seminario le contará, porque no expone la teoría formal de un libro de Ingeniería del Software ni la descripción más o menos independiente de un modelo de gestión; sino la visión de esas teorías desde las sillas de gestores y programadores.”

La reseña en este blog es porque es el primer libro que incorpora una licencia contractual ColorIURIS (específica para libros impresos) para definir los derechos de autor, que puede ser aceptada en:

https://www.coloriuris.net/autores/jpalacio/mirando_alrededor
Enhorabuena por el libro, y muchas gracias por elegirnos para acompañarte en este camino.

ColorIURIS, mencionado hoy en El Periódico de Aragón

Al final la tecnología son personas. Y al principio. Cuando nos olvidamos de esto todo va mal. Un coche sin personas no es nada, no funciona. Y así todo. El abogado Pedro J. Canut, natural de Barbastro y criado en Boltaña, se inventó un nuevo sistema de derechos de autor para contenidos online, le dio un código de colores para hacer más sencillas las cláusulas legales y lo llamó Coloriuris,[...]
(Continuar leyendo el artículo de Mariano Gistaín en El Periódico de Aragón )

UVE DOS

UVE DOS

Con la entrada del nuevo año ponemos a disposición de la sociedad red ColorIURIS V2.

Hay mejoras técnicas, como la utilización de Ajax y Json en el proceso de contratación, con lo que se consigue reducir el proceso de elección de ColorIURIS a un solo paso sin merma de las garantías legales que impone la normativa vigente en materia de contratación electrónica y protección de datos.

Hemos ampliado el número de Estados cuyos autores pueden beneficiarse del sistema ColorIURIS; por lo que, a fecha de hoy ColorIURIS está disponible para sitios web de 23 paises.

Los dos nuevos Estados son Irlanda, que sigue el sistema continental de derechos de autor y Estados Unidos cuya incorporación (pese a seguir el sistema anglosajón ó copyright) ha sido posible gracias a la utilización de la institución universalmente aceptada del contrato como fuente de obligaciones.

La incorporación de estos dos nuevos paises lleva consigo la introducción de un tercer idioma en el sistema, el inglés, para que los titulares de derechos de Irlanda y Estados Unidos puedan utilizar el sistema en su propio idioma.

Por otra parte, la reciente reforma de la L.P.I. española hacía obligado revisar y adaptar los contratos de cesión de derechos de autor ColorIURIS a la realidad normativa vigente.

La nueva versión de los contratos para España tiene muy en cuenta la reforma de la L.P.I.; en concreto, y por lo que se refiere al derecho de cita, la actual realidad legislativa ha impuesto algunos cambios:

a) Así, por lo que se refiere al objeto del contrato, ya no es el conjunto de los contenidos de un sitio web a la fecha de aceptación del contrato (lo cual admitía la redacción amplia del antiguo art. 32 L.P.I.); sino el conjunto de las anotaciones (o post´s) divulgados en el sitio web.

b) La delimitación, en los contratos ROJO, ROJO-VERDE, ROJO-AZUL, ROJO-AMARILLO y AMARILLO, del derecho de cita en los usos privados, docentes y/o de investigación.

Los nuevos contratos para España amplían el sujeto de la cesión; pasando del "autor de la bitácora" al "titular del sitio web"; y ello por que no podemos desconocer la existencia de blogs corporativos y/o con ánimo de lucro, ni la infinidad de supuestos fronterizos cuya definitiva naturaleza jurídica se pondrá de manifiesto en el futuro vía legislativa y/o jurisprudencial.

PARA ESTO SIRVE UN CONTRATO DE CESIÓN DE DERECHOS.

Visto en el blog de Vesania , y reproducido, tras aceptar su contrato vigente, claro :-)

 

PARA ESTO SIRVE UN CONTRATO DE CESIÓN DE DERECHOS.

He recibido la siguiente notificación:

Muy Señor mío:

Me llamo "fulanita de Tal" y trabajo como iconografista para la Editorial
"llámalahache". Estamos realizando un manual escolar (...) y se reproducira una
tirada de 22.000 ejemplares. Nos gustaría comprar los derechos de
imagen de un dibujo que tienen ustedes en su portal de internet (...). Le envio adjunto el documento en cuestion.

Nos gustaría disponer de su autorización para reproducir dicha publicidad
así como las fotos en alta definición. Se trata de algo bastante urgente.
Por eso desearía que se pusieran en contacto conmigo lo antes posible.

En espera de una respuesta, le saluda atentamente...


Fulanitadetal.

 

He omitido la información referente a la editorial y a la persona de contacto, evidentemente, y antes de que penséis que me voy a sacar unas perricas para el ternasco de Navidad, os diré que lamentablemente el dibujo que me piden, no es mío, cachis!!!, pero me ha encantado la posibilidad, y estoy segura de que no es casualidad que en cabecera figure mi contrato Coloriuris ... 

ColorIURIS ROJO

ColorIURIS ROJO

ColorIURIS ROJO permite la reproducción, distribución, comunicación pública - incluida la modalidad de puesta a disposición interactiva para usos no comerciales - no permite la transformación.

O dicho de otra forma (como se intuye por su color en el código semafórico internacionalmente admitido) es el contrato de cesión de derechos de autor más restrictivo; no obstante es más permisivo que la aplicación de la legislación de derechos de autor del país del cedente.

Quedan a salvo, como en todas las cesiones de derechos C.I., los derechos morales del autor; como mínimo - es algo que cambia según el país de origen - los derechos de paternidad e integridad de la obra.

Por supuesto, el usuario final (cesionario) puede elegir no aceptar el contrato que el autor pone a su disposición, en cuyo caso la obra está sometida a la normativa de derechos de autor del titular de la obra.

ColorIURIS Verde

ColorIURIS Verde

ColorIURIS VERDE permite la reproducción, distribución, comunicación pública - incluida la modalidad de puesta a disposición interactiva - y transformación (obras derivadas) tanto para usos comerciales como no comerciales, sin exigir al cesionario y autor de la obra derivada la forma en que debe/ puede ceder los derechos de explotación sobre esta última.

O dicho de otra forma (como se intuye por su color en el código semafórico internacionalmente admitido) el cesionario tiene total libertad sobre los derechos de explotación.

Quedan a salvo, como en todas las cesiones de derechos C.I., los derechos morales del autor; como mínimo - es algo que cambia según el país de origen - los derechos de paternidad e integridad de la obra.

Por supuesto, el usuario final (cesionario) puede elegir no aceptar el contrato que el autor pone a su disposición, en cuyo caso la obra está sometida a la normativa de derechos de autor del titular de la obra.

Logotipo e iconos nuevos

Logotipo e iconos nuevos

En los nuevos iconos/botones para identificar las cesiones de derechos de autor de ColorIURIS se diferencian dos áreas. El área a define el derecho de transformación (obras derivadas), y el área b define los derechos de reproducción, distribución y comunicación pública.

La "c" pixelada expresa la vocación digital de las cesiones de derechos; ya que, con independencia de la naturaleza analógica o digital de los contenidos culturales, el contrato de cesión de derechos ColorIURIS estará siempre en línea.

Sonido e imagen

sobre este "invento" en las impresiones sobre EBE06

ColorIuris en tu blog, lo más fácil del mundo...

Así lo cuenta una usuaria.

ColorIURIS en el seminario “La Propiedad Intelectual desde la perspectiva del ALBA

ColorIURIS en el seminario “La Propiedad Intelectual desde la perspectiva del ALBA

Caracas 4 de noviembre de 2006, en el Caracas- Hilton y ante público muy concienciado por los derechos de autor y la propiedad industrial.

La charla pueden leerla aquí 

y la crónica de Juliana Boersner aquí.

La organización impecable, enhorabuena a Sorely Soto y a todo su equipo, y nuestro agradecimiento público por la invitación al SAPI 

PRISA no entiende el funcionamiento de ColorIuris

Si no no habría incluido dentro de su copyright material cuyo autor exige la firma de un contrato ColorIuris sin hacerlo.

Quiero pensar más en ignorancia que en mala fe.

meneame, noticias colaborativas

En todo caso, el revuelo organizado hoy es grande.

 

Podéis verlo en Meneame .

ColorIURIS en el II Congreso Internacional de Derecho Electrónico

ColorIURIS en el II Congreso Internacional de Derecho Electrónico

No todo van a ser conferencia, sesiones de trabajo y mesas redondas.

En la fotografía, de izquierda a derecha, Aldemario Araújo Castro, Manuel Masseno, Pedro J. Canut y Fernando Galindo en el mercado de "Ver o Peso" ; en una de las actividades del programa social del II Congresso Internacional de Direito Eletrônico magnificamente organizado por Enne Rodrigues, y al que dedicaremos - en los próximos días - un extenso monográfico.

Disponibilidad del sistema

Disponibilidad del sistema

Actualización de ColorIURIS para España

La Ley 23/2006, de 7 de julio, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual española hace obligada la actualización de los contratos de cesión de derechos ColorIURIS para España a la nueva realidad normativa.

A lo largo del mes de agosto de 2006  pondremos a disposición de nuestros usuarios y amigos los contratos actualizados para España.

ColorIURIS en el Club de Abogados de Bogotá

A cargo del Dr. Alvaro Ramirez Bonilla, y dentro del Ciclo de Tertulias ULRICH UTENHAGHEN del Centro Colombiano de Derechos de Autor, el día miércoles 16 de agosto de 2006, a las 7:00 p.m., en el Salón Santander del Club de Abogados de Bogotá, Cra. 8 No 91 – 34, Tel: 6109088

El Dr. ALVARO RAMIREZ BONILLA, es Abogado egresado de la universidad de los Andes con opción de la Facultad de Administración. Especialista en derecho de los Negocios Internacionales de esta misma Universidad. Estudios de derecho internacional y europeo en Francia: derecho y nuevas tecnologías en España y Derecho y Desarrollo en Roma. Trabajó en los ministerios de Comercio y Relaciones Exteriores. Miembro del comité de comercio electrónico de la Cámara de Comercio de París. Profesor y conferencista en temas de propiedad intelectual y nuevas tecnologías en varias universidades. Socio fundador de la firma B&R despacho adherido en Colombia a Coloriuris.

  La organización ruega confirmar asistencia con nombre completo y número de cédula de ciudadanía, con por lo menos un día de antelación, al correo electrónico wrios@uniandes.edu.co , o al número telefónico: 3394949 Ext. 3186, Fax: 3324390.

Si el Club no cuenta previamente con estos datos, no permitirá el acceso a sus instalaciones.

Puede ser una buena oportunidad para que nuestros usuarios en Colombia conversen personalmente con el Dr. Ramirez. 

Declaración de Zaragoza

Los abajo firmantes consideran que las herramientas jurídicas desarrolladas a partir de la tradición romano-germánica que inspira las legislaciones nacionales de los paises que integran Iberoamérica pueden dar respuesta a las necesidades de regulación del ciberespacio con respeto a la soberanía nacional de los Estados, la libre circulación de bienes y servicios y las libertades individuales.
Y, concretamente, respecto de las bitácoras personales, sus contenidos y los sistemas de alojamiento de bitácoras el Derecho Romano-germánico ha desarrollado regulaciones que requieren la armonización normativa con otros Estados y no generar desarrollos insulares, de modo tal que satisfagan las necesidades de la sociedad civil, el sector privado y los Estados.

 

En lo que respecta a la naturaleza jurídica de las bitácoras; y sin negar la existencia de diferentes modelos de negocio a partir del formato “weblog”, lo cierto es que las bitácoras personales, entendidas como “diario personal en línea” o “cuaderno de bitácora” se configuran como un medio de comunicarse y no necesariamente como un medio de comunicación; de donde se deriva un régimen de responsabilidad subjetivo y personal.

 

En lo que respecta a la protección de la intimidad de los usuarios de la red se propone un modelo jurídico que puede tener como referencia los avances de la normativa de la Unión Europea, con especial atención a los flujos internacionales de datos personales; incentivando el sometimiento a las normativas garantes de la privacidad y la autodeterminación informativa; sin que el domicilio del prestador de servicios de alojamiento de contenidos suponga una desventaja competitiva en el mercado global.

 

En relación al binomio protección/difusión de contenidos digitales se propugnan soluciones que, buscando el necesario equilibrio entre los derechos de propiedad intelectual de los derechohabientes y el libre acceso a la cultura de los usuarios, permitan la necesaria seguridad jurídica a través de contratos en línea que reflejen la voluntad de los derechohabientes y de los usuarios de la cultura; favoreciendo aquellas soluciones contractuales que contribuyan a la libre circulación del conocimiento sin merma de la protección de los derechos morales entendidos como derechos de la personalidad y favoreciendo la libertad de autogestión.

 

Por último constatamos que las bitácoras personales se presentan como una herramienta fundamental para el desarrollo de la democracia participativa y para la necesaria interrelación entre la administración y los ciudadanos, en los mecanismos de participación ciudadana, transparencia de la gestión pública y acceso a la información.

 

Es voluntad de los abajo firmantes recabar la adhesión a la presente Declaración a las instituciones públicas y privadas de Iberoamérica volcadas en el estudio y regulación del ciberespacio desde la perspectiva del derecho romano germánico.

 

Zaragoza, 6 de Junio de 2.006


Por Alfa-Redi, el director ejecutivo D. Erick Iriarte Ahón
Por Blogia, S.L. el director general Don Roberto Abizanda
Por ColorIURIS, A.I.E., don Pedro J. Canut
Por el Gobierno de Aragón, D. Fernando Beltrán
Por el Excmo. Ayuntamiento de Zaragoza, D. Ricardo Cavero
Por el R. e I. Colegio abogados de Zaragoza, el decano D. Francisco Javier Hernández Puértolas
Por la Universidad de Zaragoza, el adjunto al Rector en materia de NN.TT. Francisco Serón
Por la Facultad de Derecho de UNIZAR, el decano D. José Mª Gimeno
Por el Consejo de Magistratura de Buenos Aires, el presidente de la comisión de NN.TT.D. Juan de Stéfano
Por la editorial Tirant Lo Blanch, el director general D. Salvador Vives
Por la Universidad San Jorge, el secretario general D. Fernando Lostao
Por la facultad de CC.EE. el vicedecano, D. José Mariano Moneva
Por el Grupo Decisión multicriterio de UNIZAR, D. José Mª Moreno
Por B&L, soluciones legales, D. Alvaro Ramirez Bonilla
Por Canut y Grávalos - abogados Dª Gemma Grávalos
Por AITAR, Eduardo Pérez Cebollada
Por la Sección de Derecho de Internet y Nuevas Tecnologías del ReICAZ, D. Roberto Ferrer
Por editorial Leggio, el gerente Dª Elena Lisón
D. Julio Arenere, presidente de la sección 3ª de la Ilma. Audiencia Provincial de Zaragoza
Por Intalbi, S.L.. D. Javier Subías
D. Javier Muñoz
D. Javier Prenafeta Rodriguez
D. Fernando Tomás
D. Antonio Gascón
D. Juan Freire
Dª Ana Lerín
D. Juan Palacio
D. Orlando Suarez
D. Francesc Gómez
D. Jose Fernando Irabien
D. Jose Luis Barzallo
D. Stefano Paredes
D. Antonio Fumero
D. Diego Sánchez Montenegro
D.Zdenko Seligo
D.Germán Pérez Benítez
D. Rafael Morales Alegria
D. Jose Carlos Gracia

 el resto de adhesiones pueden verse en la página oficial, en:

Adherirse a la Declaración de Zaragoza

Color IURIS - estadísiticas por tipo de contrato

Color IURIS - estadísiticas por tipo de contrato

Color IURIS - porcentaje de usuarios por paises

Color IURIS - porcentaje de usuarios por paises

 

 

 

 

 

la enfermedad, el plagio...el remedio, ColorIURIS

Descubro esta entrada en Baquia, por indicación de Magda (quien, por cierto, ha dado un nuevo aire a su bitácora).

Y me llama la atención este párrafo final:

 

"Para evitar los plagios los expertos apuntan varias soluciones: poner una concisa mención a la propiedad intelectual del blog, dejando claro a los lectores que se trata de un trabajo protegido por derechos de autor; acortar la sindicación de contenidos, de manera que se difunda sólo un resumen de las entradas; y usar instrumentos gratuitos (como Copyscape) para buscar las copias literales de contenidos."

 

 

Después de todo, quizás ColorIURIS sea - también - un buen remedio contra el plagio Guiño